5/25/2025|herencia
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Las herencias suelen asociarse con la adquisición de bienes y derechos. Sin embargo, no siempre resultan beneficiosas, ya que también pueden implicar la asunción de deudas o cargas económicas que afectan al patrimonio del heredero.
En estos casos, el Derecho civil español permite la renuncia a la herencia como una opción legal plenamente válida. Esta decisión, lejos de ser meramente formal, puede conllevar efectos relevantes a nivel personal, patrimonial y fiscal.
En este artículo analizamos las principales cuestiones relacionadas con la renuncia de una herencia en España: sus consecuencias legales, el procedimiento aplicable y los plazos establecidos para llevarla a cabo.
En España existen dos formas de actuar frente a una herencia:
Renunciar a una herencia implica rechazar los bienes, derechos y obligaciones que una persona fallecida (el causante) deja a sus herederos.
Es un acto jurídico unilateral que debe formalizarse expresamente ante notario mediante escritura pública. Al renunciar, el heredero no adquiere ningún derecho ni asume responsabilidad alguna sobre el patrimonio hereditario.
Está regulada por el Código Civil, en los artículos 988 y siguientes, que establecen los requisitos y efectos de este acto.
Existen diversas situaciones en las que puede ser aconsejable renunciar a una herencia, como por ejemplo:
La renuncia a una herencia no implica consecuencias negativas para el renunciante, sino que genera determinados efectos jurídicos, entre los que destacan:
En el ordenamiento jurídico español solo se reconocen y validan dos tipos de renuncia a la herencia, ambas con requisitos formales y consecuencias jurídicas y fiscales distintas:
Es importante tener en cuenta que en España no se admite la renuncia tácita, ni la renuncia parcial o sujeta a condiciones. La renuncia debe ser siempre expresa, total e irrevocable, y otorgada mediante escritura pública ante notario. Cualquier intento de renunciar verbalmente, mediante inacción, o limitando su alcance, no solo carece de validez legal, sino que puede interpretarse como una aceptación de la herencia, con todas sus consecuencias.
Cuando un heredero renuncia a una herencia, su parte no desaparece, sino que debe redistribuirse conforme a lo previsto en el testamento o, en su defecto, según las normas legales. En este contexto, entran en juego los sustitutos designados, figuras clave para asegurar la continuidad del proceso sucesorio.
Es la forma más habitual de sustitución. El testador designa a una persona que heredará en lugar del heredero inicial en caso de que este no quiera o no pueda aceptar la herencia (por renuncia, fallecimiento, incapacidad, etc.).
Ejemplo: “Instituyo heredero a mi hijo Juan, y en su defecto, a mi hija Ana.”
Si Juan renuncia, Ana le sustituye automáticamente.
Esta forma de sustitución debe constar de manera expresa en el testamento. Si no se ha previsto, se aplica el derecho de representación, por el cual los descendientes del renunciante ocupan su lugar en la herencia.
Existen también otras modalidades, menos frecuentes pero igualmente reguladas por el Código Civil:
Los sustitutos deben ser nombrados expresamente en el testamento, mediante la voluntad clara del testador. En ausencia de testamento o de disposición específica, se aplican las siguientes reglas:
En general, la renuncia a una herencia no genera obligación tributaria directa para el renunciante, ya que no adquiere bienes ni derechos que deban ser gravados.
Sin embargo, existen situaciones en las que pueden surgir implicaciones fiscales:
Sí, se puede renunciar a favor de un tercero no llamado inicialmente a la herencia. En este caso, también se considera una donación, y el receptor tributará conforme a su grado de parentesco con el fallecido, aplicándose generalmente un tipo impositivo más alto cuando no existe parentesco cercano.
Por tanto, antes de renunciar a favor de alguien concreto, es muy recomendable consultar con un asesor fiscal o notario, dado que las implicaciones económicas pueden ser significativas.
1) ¿Qué pasa si uno de los herederos renuncia a la herencia?
Cuando un heredero renuncia, su parte no desaparece:
2) Si renuncio a la herencia de mi padre, ¿pasa a mis hijos?
Sí. Si renuncias pura y simplemente, tus hijos pueden heredar en tu lugar por el derecho de representación (art. 929 del Código Civil). Sin embargo, ellos también podrán decidir si aceptan o renuncian a la herencia.
3) ¿Qué pasa si todos los herederos renuncian a la herencia?
Si todos los herederos renuncian:
4) ¿Cuánto se paga por renunciar a una herencia?
Renunciar no implica pagar impuestos directamente, ya que no se adquiere patrimonio. Sin embargo, hay algunos costes:
Si hay cesión a favor de otra persona, es fundamental consultar con un asesor fiscal antes de firmar.
5) ¿Qué trámites hay que hacer para renunciar a una herencia?
Los pasos para renunciar son:
La renuncia debe ser expresa, total, sin condiciones y formalizada correctamente.
6) ¿Cuánto tiempo hay para aceptar o renunciar a una herencia?
Aunque el Código Civil no fija un plazo concreto, la jurisprudencia admite hasta 30 años (por prescripción de acciones).
No obstante, desde un punto de vista fiscal, se recomienda decidir en un plazo de 6 meses desde el fallecimiento, ya que es el límite para presentar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Este plazo puede prorrogarse otros 6 meses si se solicita.
Renunciar a una herencia en España es una decisión que debe tomarse con plena conciencia, ya que implica rechazar tanto bienes como deudas, y puede afectar no solo al renunciante, sino también a sus descendientes. Conocer los plazos, los trámites, las posibles consecuencias fiscales y las alternativas —como la aceptación a beneficio de inventario— es esencial para tomar decisiones informadas y proteger tus intereses.
Si tienes dudas sobre cómo proceder en tu caso concreto, lo más recomendable es acudir a un notario o abogado especializado en derecho sucesorio, quienes podrán asesorarte y ayudarte a tomar la decisión más adecuada según tus circunstancias e intereses.
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